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Las notificaciones de pago del impuesto vehicular e impuesto sobre vehículos ligeros se envían cada mayo. La fecha límite de pago es el 1 de junio. No olvide realizar el pago.
Los vehículos ligeros para el uso de personas con discapacidad física, intelectual y mental o personas heridas de guerra pueden estar exentos del pago del impuesto sobre vehículos ligeros si cumplen los requisitos establecidos.
Sin embargo, la exención no se aplicará si la persona ya está exenta del pago de impuesto vehicular (Shubetu wari) o si ha recibido la tarjeta de autobus común de Gunma o los cupones para el taxi subsidiado emitidos por la Sección de Bienestar para Personas con Discapacidad.
Las personas interesadoas deben solicitar la exención hasta el 1 de junio.
Presente los siguientes documentos en la Sección de Impuestos sobre Bienes (ubicada en el segundo piso de la municipalidad) o en la Sección de Impuestos de cada sucursal.