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Si resulta difícil de abonar la cuota para la pensión nacional debido a la disminución de los ingresos actuales, puede solicitar una exención. Existen cuatro tipos de exención: total, de tres cuartas partes (75%), de la mitad (50%) y de una cuarta parte (25%). La exención se aplica según el ingreso total del hogar sumando los ingresos del solicitante, de su cónyuge y del jefe de familia.
Cada julio se abre el periodo de solicitud. Además, es posible tramitar la exención de las cuotas de los últimos 25 meses. Presente en la Sección de Pensión Nacional (primer piso, ventanilla 15) o en la Sección de Bienestar Ciudadano de cada sucursal con los documentos necesitados.
Es necesario realizar la solicitud cada año a menos que se le haya concedido la exención total. Compruebe la notificación emitida por la Organización de la Pensión Nacional.
Sección de Pension Nacional
Tel: 027-321-1238